Articulo 54 Organización Institucional, Gobierno y Administración
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»Artículo 54. Declaración de política general.
Vigente
La Diputación Foral, a través del Diputado o Diputada General, realizará anualmente una declaración de política general que será seguida de debate.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2005 en vigor desde 09-08-2005