Articulo 54 Presupuestos 2011 Canarias
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»Artículo 54. - Retribuciones del personal docente no universitario que participe en el desarrollo de las medidas de calidad de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
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1. Acogida temprana. Los docentes que voluntariamente participen en la acogida temprana en los centros educativos percibirán una asignación retributiva mensual durante los períodos en que realicen de forma efectiva estas acciones.
El importe mensual de esta asignación será.
- Grupos A, Subgrupo A1, y I: 342 euros.
- Grupos A, Subgrupo A2, y II: 285 euros.
2. Refuerzo educativo y mejora de los aprendizajes. Los docentes que voluntariamente participen en las acciones de refuerzo educativo y mejora de los aprendizajes percibirán por su desempeño efectivo una remuneración, en concepto de hora lectiva complementaria, según lo establecido en el artículo anterior.
