Articulo 54 Presupuestos 2015 Cataluña

Articulo 54 Presupuestos 2015 Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 54. Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña; Consejo del Audiovisual de Cataluña, y Autoridad Catalana de Protección de Datos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las transferencias y aportaciones del presupuesto de la Generalidad al presupuesto del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña; del Consejo del Audiovisual de Cataluña, y de la Autoridad Catalana de Protección de Datos deben entregarse en firme, por cuartas partes, a nombre del correspondiente organismo.

2. Las entidades a las que se refiere el apartado 1 están obligadas a presentar al departamento competente en materia de presupuestos la información económico-financiera establecida por el artículo 71 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.