Articulo 54 Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
Artículo 54. Documentación
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1. Para la formalización de la matrícula, además de la solicitud presentada en su día (anexos III y IV), se aportarán:
a) El libro de familia o, en su defecto, una certificación de la inscripción de nacimiento librada por el Registro Civil.
Esta documentación deberá acreditar que el alumno o alumna cumple los requisitos de edad establecidos en los artículos 12, 16 y 22 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
A tal efecto se comprobará que el alumno o alumna cumple o cumplirá el requisito de la edad exigida, antes de que finalice el año natural en que se inicia el curso académico al que pretende acceder.
b) Cuando se trate de alumnado procedente de otro centro presentarán la certificación de baja del centro anterior con expresión de su situación académica.
La documentación aportada deberá acreditar que el alumno o alumna cumple los requisitos académicos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente para el nivel educativo y curso al que pretende acceder.
Esta certificación se ajustará al modelo vigente y en ella constarán los estudios que realiza o ha realizado el alumno o alumna en ese año académico.
c) En su caso, el documento sanitario que se determine por parte de la conselleria competente en materia de sanidad, en la forma que se establezca reglamentariamente.
2. Cuando el cambio de centro se produzca sin proceso de admisión, la documentación a la que se refiere el apartado anterior se remitirá de oficio de un centro a otro.
- Artículo modificado (54 (apdo. 1.c)) por ORDEN 14/2022, de 24 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de modificación de la Orden 7/2016, de 19 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. [2022/2550]
(GV de 25-03-2022) en vigor desde 26-03-2022
