Articulo 54 Reguladora de...imen Local

Articulo 54 Reguladora de las Bases del Régimen Local

Ver Indice
»

Artículo 54.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos establecidos en la legislación general sobre responsabilidad administrativa.