Articulo 54 Renta de Garantía de Ingresos
- Norma derogada desde el 1 de enero de 2024. - Decreto 173/2023 de 21 de Nov C.A. P. Vasco (Reglamento de la Renta de Garantía de Ingresos)
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»Artículo 54.- Instrucción de los procedimientos.
Derogado
La instrucción de los procedimientos de modificación, suspensión y extinción corresponderá al órgano que hubiera iniciado el procedimiento, quien realizará las comprobaciones previstas en los artículos 30 y 31 del presente Decreto.

