Articulo 54 Sistema universitario de Galicia
Artículo 54. Fines de la coordinación universitaria.
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La coordinación de las universidades del SUG sirve a los fines siguientes:
a) La planificación del SUG, para lograr la mejora de la calidad de la docencia, investigación y gestión universitarias, con pleno respeto a la autonomía universitaria.
b) La fijación de directrices y criterios comunes respecto a los siguientes asuntos:
1. La creación y reconocimiento de universidades.
2. La creación, adscripción, desadscripción, modificación o supresión de centros universitarios e institutos universitarios de investigación.
3. La adaptación de la oferta de enseñanzas y de la capacidad de los centros a las demandas y necesidades de la sociedad.
4. La implantación, modificación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
5. La asignación de retribuciones adicionales al personal docente e investigador.
6. Los precios de las enseñanzas oficiales.
7. La política de becas, ayudas y créditos para el estudio.
8. Cuantas materias sean de interés común de las universidades.
c) La promoción y realización de actividades y estudios conjuntos en el ámbito de la docencia, investigación, innovación, gestión, difusión cultural y extensión universitaria.
d) El establecimiento y seguimiento de programas conjuntos de actuación en alguno de los ámbitos señalados en el apartado anterior.
e) La promoción de la cooperación entre las universidades gallegas, las restantes administraciones públicas y otras instituciones, públicas o privadas, estatales o extranjeras, para la ejecución de proyectos de interés general.
f) El impulso a la colaboración entre las universidades del SUG para llevar adelante acciones conjuntas en docencia, investigación e innovación, intercambios de personal y recursos.
g) La promoción de la colaboración entre las universidades, administraciones y entidades públicas y privadas para conseguir la adecuada integración de los y las estudiantes y personas egresadas universitarias dentro del tejido productivo y el mercado laboral.
h) Cualesquiera otros fines que tiendan a mejorar la eficacia y eficiencia del SUG con respeto al ámbito de la autonomía universitaria.
