Articulo 54 Universidades de la Región

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Artículo 54. Régimen.

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El régimen económicofinanciero y presupuestario de las universidades públicas de la Región de Murcia se regulará por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por la presente Ley y por el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, sin perjuicio de la autonomía económica y financiera legalmente reconocida y de las especialidades derivadas de su organización propia.