Articulo 5428 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
Ver Indice
»Artículo 542-8. Indemnización por daños y perjuicios
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El propietario o propietaria de la finca, en los casos que regulan los artículos 542-5, 542-6 y 542-7, tiene derecho a ser indemnizado por daños y perjuicios.
