Articulo 55 Accesibilidad...de Navarra

Articulo 55 Accesibilidad Universal de Navarra

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Artículo 55. Régimen sancionador.

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Con la finalidad de garantizar la plena protección de las personas con discapacidad en materia de accesibilidad universal, será de aplicación en Navarra el régimen sancionador previsto en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en los términos establecidos en el mismo.