Articulo 55 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Historico de Bizkaia, en materia de revision en via administrativa
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»Artículo 55. Documentación a acompañar a la solicitud de suspensión automática con garantías
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La solicitud de suspensión deberá ir necesariamente acompañada del documento en que se formalice la garantía aportada, constituida a disposición del Servicio de Recaudación.
Cuando la solicitud no se acompañe de la justificación señalada se tendrá por no presentada a todos los efectos. En este supuesto se procederá al archivo de la solicitud y a su notificación al interesado.
