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Articulo 55 Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos

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Artículo 55.- Diseño y configuración de los servicios y procedimientos electrónicos.

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1.- El diseño y la configuración electrónica de los servicios y procedimientos administrativos tiene por finalidad simplificarlos, agilizarlos y prestar servicios públicos electrónicos, homogéneos, personalizados y fáciles de utilizar. Para ello se aplicarán enfoques innovadores para diseñar y prestar mejores servicios de conformidad con las necesidades y demandas de la ciudadanía, aprovechando las oportunidades que brinda el entorno electrónico para facilitar las interacciones.

2.- A efectos de lo previsto en el apartado anterior, la configuración de los servicios y procedimientos perseguirá:

a) Simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos y, específicamente, materializar las previsiones del artículo 17 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

b) Disminuir las cargas administrativas y suprimir trámites y requisitos desproporcionados en el acceso a los servicios públicos.

c) Evitar la solicitud de documentos innecesarios o que ya obren en poder de las Administraciones públicas.

d) Sustituir las autorizaciones o permisos por declaraciones responsables o comunicaciones previas, con control posterior por parte de la Administración.

e) Eliminar reiteraciones y solapamientos en la actuación de la Administración pública.

f) Potenciar una respuesta diligente de la Administración, para garantizar una mayor celeridad en las relaciones con la ciudadanía, respetando en todo caso los plazos previstos en sus normas de aplicación.

g) Facilitar el uso del servicio, minimizando el grado de conocimiento funcional o tecnológico necesario para ello.

h) Usar un lenguaje claro, de forma que sea fácilmente comprensible para todas las personas.

3.- En todo caso, la configuración de los servicios y procedimientos asegurará, ineludiblemente, al menos, los siguientes requisitos y aspectos básicos:

a) Tipificación y catalogación en la familia que corresponda, de forma homogénea en toda la Administración.

b) Reingeniería de procesos.

c) Simplificación administrativa y sistematización de trámites, tareas y documentos.

d) Automatización de trámites y tareas.

e) Reducción de cargas administrativas.

f) Normalización de documentos y aplicación de un lenguaje claro y comprensible para todas las personas.

4.- El órgano competente en servicios electrónicos publicará y mantendrá permanentemente actualizada en la web «euskadi.eus» y sede electrónica la información sobre las actuaciones ejecutadas para la reducción de cargas y simplificación administrativa, así como un formulario específico de propuestas sobre la materia vinculado al Sistema Corporativo de Quejas y Sugerencias regulado en el capítulo II del título X.