Articulo 55 -Derogada exc...as Físicas

Articulo 55 -Derogada excepto D.A. 16, 17 y 23- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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Artículo 55. Individualización de rentas.

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(DEROGADO)

Uno. La imputación de bases imponibles positivas de las socieda­des a que se refieren las letras A) y C) del apartado uno del artículo 52, se efectuará conforme a las mismas reglas establecidas en esta Ley para la individualización de los rendimientos del capital.

Dos. La imputación de bases imponibles positivas de las socieda­des a que se refiere la letra B) del apartado uno del artículo 52, se efectuará a quienes ostenten la condición de socio de las mismas, aunque la titularidad de los valores fuera común.