Artículo 55 se establecen los procedimientos administrativos derivados de las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses
Artículo 55. Aprobación del proyecto.
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1. La Confederación Hidrográfica deberá dictar resolución expresa y notificar a los interesados, la resolución de la aprobación del proyecto de puesta fuera de servicio de la presa, que contendrá las condiciones que se le imponen al titular para su aprobación.
2. La notificación de la resolución se realizará en el plazo de un (1) año contado desde la fecha en que la solicitud del titular de la presa haya tenido entrada en el registro del Organismo competente para su tramitación, o desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento por parte de la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Transcurrido el plazo de un (1) año sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa, el titular de la presa entenderá desestimada su solicitud por silencio administrativo, sin perjuicio de poder iniciar un nuevo procedimiento.
