Articulo 55 Explotación Agraria y Desarrollo Rural
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Artículo 55. Actuaciones.

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Las actuaciones de mejora, consolidación y modernización de regadíos que se lleven a cabo al amparo de declaraciones de interés regional de la Comunidad Autónoma, se regirán por las normas anteriormente establecidas para la transformación de regadíos.

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  • Texto Original. Publicado el 25-05-2004 en vigor desde 25-06-2004