Artículo 55. LEY FORAL 9/2026, de 20 de mayo, Navarra, Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental
Ver Indice
»Artículo 55. Sistema de archivo de la Administración de Justicia.
Vacatio legis
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los órganos de la Administración de Justicia con sede en Navarra constituirán su propio sistema de archivo y se regirán, en lo que respecta a la gestión de documentos y archivos, por lo dispuesto en su legislación específica, en especial en lo concerniente a la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de Navarra.
