Articulo 55 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
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»Artículo 55. Procedimiento para la concesión de subvenciones y ayudas públicas.
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En los procedimientos para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, vencido el plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
