Artículo 55 Presupuestos Generales 2025 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
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»Artículo 55. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de la distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados, es el fijado en el anexo IV.
