Articulo 55 Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales
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»Artículo 55. Principios de actuación.
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La actuación de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local se ajustará a los principios establecidos en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
