Articulo 55 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid
Artículo 55. Pruebas de oposición
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1. Las pruebas de oposición son las siguientes, todas ellas de carácter eliminatorio:
a) Pruebas culturales, contestadas por escrito, referidas por una parte, al conocimiento básico del ordenamiento jurídico y las funciones a desarrollar y, por otra, al conocimiento de idiomas, conforme al programa de la correspondiente convocatoria.
No obstante, de conformidad con la disposición transitoria sexta de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, se podrá dispensar a los aspirantes durante un período de cinco años desde su entrada en vigor de la prueba de idiomas, sin perjuicio de que la misma pueda establecerse con carácter voluntario, valorándose de forma adicional a la nota obtenida, conforme se establezca en las correspondientes bases de convocatoria.
Cuando se trate de procesos selectivos de promoción a las categorías de Intendente, Comisario o Comisaria y Comisario o Comisaria principal, los aspirantes quedarán exentos de la realización de las pruebas culturales indicadas anteriormente.
b) Reconocimiento médico, conforme a un cuadro de aptitudes psicofísicas, dirigido a garantizar la idoneidad para las funciones a desarrollar. Estarán exentos aquellos aspirantes que en los doce meses previos a la fecha de su realización hayan sido objeto en el ayuntamiento convocante de evaluación psicofísica en los términos establecidos en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el presente reglamento.
c) Excepto para la categoría de Oficial, así como para la categoría de Policía en el supuesto previsto en el artículo 52.3, se incluirá además, como última prueba selectiva, la realización de un supuesto práctico o proyecto profesional relacionado con las funciones a desarrollar. Este ejercicio será propuesto por el tribunal calificador y realizado por escrito, siendo posteriormente defendido oralmente por los aspirantes.
2. La Consejería competente en materia de coordinación de policías locales establecerá, mediante orden, los temarios y cuadro de aptitudes psicofísicas para el acceso por promoción interna a todas las categorías, debiendo incluir para los procesos selectivos a la categoría de Intendente un temario específico sobre el que habrá de versar el supuesto práctico o proyecto profesional establecido en el apartado anterior.
