Articulo 55 Reglamento de...ión Urbana

Articulo 55 Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

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Artículo 55.

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1. La evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización expresará su coste aproximado, señalando las diferencias que pudieran existir en función del momento en que hayan de implantarse unos y ejecutarse los otros, según lo previsto en el Plan de etapas.

2. Las evaluaciones habrán de referirse, como mínimo, a las siguientes obras y servicios:

– Explanación, pavimentación, señalización y jardinería.

– Redes de abastecimiento de agua, riego e hidratantes contra incendios.

– Red de alcantarillado.

– Redes de distribución de energía eléctrica y alumbrado público.

– Otras redes o canalizaciones de servicios que prevea el Plan.

– Establecimiento de servicios públicos de transporte y recogida de basuras, si procede.

– Obras especiales como pasos a distinto nivel, desviación de redes de servicio existentes y otras.

– Indemnizaciones procedentes por el derribo de construcciones, destrucción de plantaciones y otras obras e instalaciones que exija la ejecución del Plan.