Articulo 55 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
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»Artículo 55.
Vigente
Los preceptos generales sobre expropiación forzosa se aplicarán con carácter supletorio de lo dispuesto en la Ley de Régimen local y por el presente Reglamento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-07-1955 en vigor desde 04-08-1955