Articulo 55 Síndic de Greuges de C. Valenciana
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»Artículo 55. Presentación
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El síndico o la síndica de Greuges podrá presentar ante las Corts Valencianes, a lo largo de los periodos ordinarios de sesiones, informes especiales que, con carácter monográfico, aborden el estado de la protección y defensa de los derechos y libertades de los valencianos y las valencianas en un ámbito material determinado.
