Articulo 55 Subvenciones de Cantabria

Articulo 55 Subvenciones de Cantabria

Ver Indice
»

Artículo 55. Del procedimiento de control financiero de las subvenciones concedidas por las corporaciones locales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el ámbito local, el control financiero de las subvenciones se efectuará de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de las Haciendas locales y en la normativa comunitaria.