Articulo 55612 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
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»Artículo 556-12. Ejecución forzosa
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La ejecución forzosa de cualesquiera de las cuotas no extingue la propiedad compartida, por lo que el rematante se subroga en los derechos y obligaciones correspondientes.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 19/2015, de 29 de julio, de incorporación de la propiedad temporal y de la propiedad compartida al libro quinto del Código civil de Cataluña.
(GC de 04-08-2015) en vigor desde 24-08-2015
