Articulo 557 Código del Derecho Foral de Aragón
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Artículo 557. Ejercicio civiliter.

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La servidumbre se ejerce de la forma más adecuada para obtener la utilidad de la finca dominante y, a su vez, del modo menos incómodo y lesivo para la finca sirviente.

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  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011