Articulo 56 Código de Accesibilidad de La Mancha
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»Artículo 56. Procedimiento de financiación.
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La financiación de las acciones de supresión de barreras por la Consejería de Bienestar Social, se realizará a través de convenios o de subvenciones, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación.
