Articulo 56 Derecho a la vivienda
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Artículo 56. Arbitraje.

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La Administración de la Comunidad de la Castilla y León impulsará la inclusión de cláusulas en los contratos de compraventa de viviendas de protección pública, así como en los de arrendamientos, que permitan la resolución de las controversias que pudieran originarse en el cumplimiento de tales contratos mediante el arbitraje, de conformidad con la normativa sectorial aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-09-2010 en vigor desde 08-09-2010