Articulo 56 Desarrollo y ...el turismo

Articulo 56 Desarrollo y modernización del turismo

Ver Indice
»

Artículo 56. Actividades turísticas complementarias.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Los establecimientos regulados en el presente capítulo pueden ofertar la práctica de actividades complementarias tales como deportivas, medioambientales, culturales, formativas, recreativas, de ocio, tiempo libre, belleza, salud u otras análogas, pudiendo llevarlas a cabo directamente o mediante terceros.