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Artículo 56 espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía

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Artículo 56. Adecuación de la red de distribución.

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1. La Consejería competente en materia de energía fomentará la adecuación de la capacidad de la red de distribución para atender la demanda eléctrica en términos de potencia y de calidad de suministro de los espacios productivos de Andalucía, teniendo en cuenta las previsiones de su crecimiento en relación con las infraestructuras disponibles, y ello de manera específica en los municipios andaluces prioritarios en materia de despoblación.

2. Para cumplir lo establecido en el apartado anterior, la referida Consejería impulsará las siguientes actuaciones, dentro de su ámbito de competencias:

a) Identificación de las necesidades, para lo que, entre otras actuaciones, podrá llevar a efecto convocatorias de manifestaciones de interés dirigidas a empresas o entidades promotoras de proyectos de la industria, así como a entidades gestoras de espacios productivos, u otras interesadas en la adecuación de la red de distribución a los espacios productivos.

Las convocatorias de manifestaciones de interés serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrán un carácter no vinculante, lo que determina que la participación de las entidades interesadas no les otorgará derecho ni preferencia alguna respecto a la elaboración de los planes de inversión en la red de distribución, de acuerdo con el artículo 40, apartado 1, letra h), de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Asimismo, la publicación de las convocatorias de manifestaciones de interés y la presentación de manifestaciones por las entidades interesadas no vinculará el informe que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía en referencia a los planes de inversiones.

Las entidades interesadas en participar deberán presentar la manifestación de interés correspondiente, dentro del plazo establecido, mediante presentación telemática a través de la dirección web que se habilite para tal finalidad, y siguiendo los modelos que a tal efecto se establezcan, de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

b) Seguimiento de la ejecución de los planes de inversión con incidencia en los espacios productivos de Andalucía en colaboración con las correspondientes compañías distribuidoras de electricidad en las zonas donde se ubiquen los espacios productivos.

c) Valoración acerca de la preferencia en la propuesta a la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras para la asignación de la construcción de las instalaciones incluidas en los planes de inversión sobre la red de distribución a la Unidad Aceleradora de Proyectos, en el marco de lo establecido en el artículo 8.5 del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre.