Articulo 56 Gobierno y Presidente

Articulo 56 Gobierno y Presidente

  • Con el objeto de corregir el uso de un lenguaje no inclusivo, se modifican las palabras y expresiones referidas a los distintos cargos contenidos en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, tanto en su título como en su preámbulo, texto del articulado y disposiciones, salvo la referencia que en dicho preámbulo se realiza a lo establecido en el artículo 30, apartados 1 y 2, de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Ver las modificaciones en la LEY FORAL 9/2019, de 4 de marzo. - LEY FORAL 9/2019, de 4 de marzo, de modificacion de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.
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Artículo 56. Jerarquía normativa y reserva de Ley.

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1. Las disposiciones reglamentarias se ajustan a la siguiente jerarquía:

a) Los Decretos Forales aprobados por el Gobierno de Navarra o por su Presidenta o Presidente.

b) Las Ordenes Forales de las Consejeras y Consejeros.

2. Las disposiciones reglamentarias no pueden infringir la Constitución Española, la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, las demás Leyes, ni aquellas otras disposiciones de carácter general de superior rango.

3. Las disposiciones reglamentarias no pueden regular materias reservadas a otras normas de superior jerarquía.

4. Serán nulas las disposiciones reglamentarias que infrinjan lo establecido en los anteriores apartados del presente artículo.