Artículo 56. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña
- Norma derogada desde el 31 de marzo de 2017. - Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
Ver Indice
»Artículo 56. Nueva redacción de las letras l) y n) del artículo 93.
Derogado
1. Se modifica la letra l) del artículo 93 de la Ley 17/1985, que queda redactada de la siguiente forma:
«l) El incumplimiento de la obligación de atender los servicios mínimos que se fijen, en caso de huelga, para garantizar la prestación de servicios que se consideren esenciales.»
2. Se modifica la letra n) del artículo 93 de la Ley 17/1985, que queda redactada de la siguiente forma:
«n) El hecho de causar por negligencia grave o por mala fe daños muy graves al patrimonio y los bienes de la Generalidad.»

