Articulo 56 ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
Articulo 56 ordenación ge... educativo

Articulo 56 ordenación general de la formación profesional del sistema educativo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 56. Impulso a la innovación y calidad: acciones y medidas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Ministerio de Educación impulsará junto con las Administraciones educativas, acciones y medidas dirigidas a:

a) Incentivar el esfuerzo de los centros para la mejora de los niveles de calidad como contribución a la excelencia en el ámbito de la formación profesional.

b) Promover la colaboración con las empresas de los diferentes sectores productivos para potenciar la innovación, la transferencia de conocimiento y la especialización en materia de formación profesional.

c) Potenciar la innovación en aspectos didácticos, tecnológicos, de orientación e inserción profesional.

d) Desarrollar las actuaciones necesarias para incrementar la participación de estudiantes, trabajadores, profesorado y formadores en programas de movilidad nacional e internacional.

e) Promover planes de formación específicos para el profesorado y formadores de formación profesional de las distintas familias profesionales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2011 en vigor desde 31-07-2011