Articulo 56 Patrimonio cu...de Navarra

Articulo 56 Patrimonio cultural de Navarra

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Artículo 56. Régimen Jurídico.

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Son bienes de dominio público todos aquellos que integran el Patrimonio Arqueológico de la Comunidad Foral de Navarra que sean descubiertos como consecuencia bien de hallazgos, casuales o intencionados, bien de intervenciones, autorizadas o no. Tienen además esta condición los documentos originales del registro arqueológico obtenidos en intervenciones realizadas en la Comunidad Foral de Navarra.