Articulo 56 Presupuestos 2011 Murcia

Articulo 56 Presupuestos 2011 Murcia

Ver Indice
»

Artículo 56. - Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52, 1, de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, se establecen para el año 2011 los siguientes tipos de gravamen autonómico en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

a) Gasolinas: 24 euros por 1.000 litros.

b) Gasóleo de uso general: 12 euros por 1.000 litros.

c) Gasóleo de usos especiales y de calefacción: 6 euros por 1.000 litros.

d) Fuelóleo: 1 euro por tonelada.

e) Queroseno: 24 euros por 1.000 litros.