Articulo 56 Presupuestos 2016 Extremadura
- Quedan derogados los aspectos sustantivos de esta Ley en todo aquello que se oponga o resulte incompatible con la Ley 1/2017, de 27 de enero, de presupuestos generales para 2017 - Ley 1/2017, de 27 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de Extremadura para 2017.
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»Artículo 56. Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios.
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El Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios para el ejercicio 2016 tendrá una dotación de 2.590.332 euros.
Las Mancomunidades integrales destinarán las cantidades que perciban del Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales a las finalidades previstas en sus presupuestos generales y conforme a la memoria justificativa de las actividades para las que solicitan las ayudas.
La participación de cada Mancomunidad Integral en la distribución del citado Fondo se ajustará a los criterios establecidos mediante decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
