Articulo 56 Reglamento de Caza
- Norma derogada desde el 30 de enero de 2026. - Decreto 1/2026, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Caza y Gestión Cinegética
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»Artículo 56. Homologación de medios especiales.
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La Consejería competente podrá establecer normas de homologación y contraste de los medios de caza que precisen de autorización especial por la misma, al objeto de que tales medios se ajusten a los objetivos previstos en la autorización correspondiente
