Articulo 56 Reglamento de...de Navarra

Articulo 56 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

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Artículo 56. Sorteo y apartado.

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1. De las reses destinadas a la lidia se harán por los diestros o por sus representantes tantos lotes, lo más equitativos posibles, como diestros deban tomar parte en la lidia, decidiéndose, posteriormente y mediante sorteo, el lote que corresponde lidiar a cada uno. En el sorteo deberá estar presente el Presidente o el Delegado de la Autoridad.

2. Realizado el sorteo se procederá al apartado y enchiqueramiento de las reses, según el orden de salida al ruedo determinado por el sorteo.

3. Si el apartado fuera público, los asistentes tendrán prohibido llamar la atención de las reses.

4. Las reses que se lidien en la plaza de toros de Pamplona llevaran las divisas identificativas de la ganadería, que tendrán las siguientes medidas: serán de doble arpón de 80 milímetros de largo, de los que 30 milímetros serán destinados al doble arpón, que tendrá una anchura máxima de 16 centímetros. En las restantes plazas la colocación de la divisa será facultativa.