Articulo 56 Reglamento de Planeamiento de Extremadura
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»Artículo 56. Documentación de los Planes Parciales de Ordenación.
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Los Planes Parciales de Ordenación se formalizarán en los siguientes documentos, elaborados en soporte escrito, gráfico y, en su caso, informático:
Memoria Informativa y Justificativa.
Planos de Información.
Normas Urbanísticas.
Catálogo de Bienes Protegidos, en su caso.
Planos de Ordenación.
