Articulo 56 Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones -Parcialmente derogado-
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»Artículo 56. Tributación de los Planes de Pensiones.
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1. Los Planes de Pensiones no son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.
2. (Derogado)
Modificaciones
- Modificación realizada (56 (adpo. 1, mantiene su vigencia)) por REAL DECRETO 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones.
(BOE de 25-02-2004) en vigor desde 26-02-2004 - Artículo modificado (73 (apdo. 2 se deroga)) por REAL DECRETO 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas.
(BOE de 09-02-1999) en vigor desde 10-02-1999
