Articulo 56 Reglamento de...el deporte

Articulo 56 Reglamento de prevencion de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

Ver Indice
»

Artículo 56. Nombramiento.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los Coordinadores Generales y los de recintos o acontecimientos deportivos concretos serán nombrados entre miembros de los Cuerpos Nacional de Policía, Guardia Civil o cuerpos policiales autonómicos, según proceda, a propuesta del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Jefes Superiores, Comisarios provinciales o locales, primeros Jefes de Comandancias de la Guardia Civil, o de los órganos policiales de las comunidades autónomas que ostenten competencia en materia de seguridad ciudadana.