Artículo 56 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia
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»Artículo 56. Procedimiento y prescripción.
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1. Será de aplicación la regulación del procedimiento sancionador establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento sancionador será de 6 meses.
3. Los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones serán los previstos en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
