Artículo 56 Simplificació... de Murcia

Artículo 56 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia

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Artículo 56. Procedimiento y prescripción.

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1. Será de aplicación la regulación del procedimiento sancionador establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento sancionador será de 6 meses.

3. Los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones serán los previstos en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.