Articulo 56 Simplificació... normativa

Articulo 56 Simplificación y mejora de la regulación normativa

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Artículo 56. Modificación del artículo 138 de la Ley 18/2002

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Se modifica el apartado 7 del artículo 138 de la Ley 18/2002, que queda redactado del siguiente modo:

"7. La liquidación de la cooperativa descalificada ha de realizarse en el plazo de tres años a contar desde que la resolución de descalificación sea firme, de acuerdo con lo establecido por los artículos 87, 88 y 89. Transcurrido este plazo, se debe actuar de acuerdo con lo establecido por el artículo 90.".