Articulo 56 Sistema de se...Valenciana

Articulo 56 Sistema de servicios sociales en C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 56. Sobre conciertos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Generalidad contribuirá financieramente al desarrollo y mejora de las competencias de las entidades locales, así como al sostenimiento de programas de contenido social realizados por entidades sin ánimo de lucro.

2. Asimismo, la Generalitat consignará anualmente en los correspondientes presupuestos los créditos necesarios para financiar los acuerdos de acción concertada con entidades privadas de iniciativa social.

Modificaciones