Articulo 56 TR. de la Ley de Comarcalización
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»Artículo 56. Oferta de empleo público y selección de personal.
Vigente
1. Las comarcas formularán su oferta de empleo público con carácter anual.
2. La selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, deberá realizarse mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre, en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2006 en vigor desde 31-12-2006