Articulo 56 TR de la ley ...upuestaria

Articulo 56 TR. de la ley general presupuestaria

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Art. 56.

Vigente

1. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación y publicación de !os nuevos en el «Boletín Oficial del Estado».

2. La prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a servicios o programas que deban terminar en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan.