Articulo 56 TR de la Ley ...I. Balears

Articulo 56 TR. de la Ley de Subvenciones de I. Balears

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Artículo 56. Supuestos de exención y formas de extinción de la responsabilidad.

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1. Las acciones y omisiones tipificadas en la presente Ley no darán lugar a responsabilidad por infracción administrativa en materia de subvenciones en los supuestos siguientes:

  1. Cuando las realicen personas que no tengan capacidad de obrar.

  2. Cuando concurra fuerza mayor.

  3. Cuando deriven de una decisión colectiva, para quienes hayan salvado su voto o no hayan asistido a la reunión en que aquélla se tomó.

2. La responsabilidad derivada de las infracciones se extinguirá por el pago o cumplimiento de la sanción, por prescripción y por defunción.