Articulo 5642 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
Ver Indice
»Artículo 564-2. Clases
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.El derecho de superficie puede recaer sobre construcciones o plantaciones anteriores a la constitución del derecho. Las construcciones pueden estar sobre o bajo el nivel del suelo.
2.El derecho de superficie puede recaer sobre construcciones o plantaciones posteriores a la constitución del derecho, en cuyo caso este derecho atribuye a su titular la legitimación activa para hacer la construcción o plantación.
