Articulo 5652 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 565-2. Clases de censo
Vigente
1. El censo es enfitéutico si se constituye con carácter perpetuo y redimible a voluntad del censatario, de acuerdo con los requisitos establecidos por los artículos 565-11 y 565-12.
2. El censo es vitalicio si se constituye con carácter temporal e irredimible a voluntad del censatario, sin perjuicio de que pueda pactarse la redimibilidad de forma expresa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003