Articulo 5671 Código Civil de Cataluña
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Artículo 567-1. Concepto

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1. El vuelo es el derecho real sobre un edificio o un solar edificable que atribuye a alguien la facultad de construir una o más plantas sobre el inmueble gravado y hacer suya la propiedad de las nuevas construcciones. Los preceptos del presente capítulo son de aplicación al derecho de subedificación.

2. El ejercicio del derecho de vuelo comporta la legitimación para hacer construcciones, de acuerdo con el título de constitución y el planeamiento urbanístico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003